La Fiscalía General del Estado (FGE) considera que los profesores de los centros públicos tienen la condición de autoridad a efectos penales y, en consecuencia, una agresión grave contra estos docentes puede ser calificada como delito de atentado contra la autoridad. Así lo estableció la FGE en una circular remitida en diciembre de 2008 a las Fiscalías de toda España.
Según la citada circular, únicamente los docentes de centros públicos pueden ser considerados como autoridad pública a efectos penales, de tal manera que las agresiones que sufran en el ejercicio de las funciones públicas podrán calificarse como un delito de atentado contra la autoridad, castigado con penas de dos a cuatro años de cárcel. "Este delito sólo se producirá cuando la acción descrita en el tipo penal esté dirigida contra funcionarios públicos en el ejercicio de actividades que afecten al bien jurídico protegido", explica la Fiscalía General en la circular.
Según la citada circular, únicamente los docentes de centros públicos pueden ser considerados como autoridad pública a efectos penales, de tal manera que las agresiones que sufran en el ejercicio de las funciones públicas podrán calificarse como un delito de atentado contra la autoridad, castigado con penas de dos a cuatro años de cárcel. "Este delito sólo se producirá cuando la acción descrita en el tipo penal esté dirigida contra funcionarios públicos en el ejercicio de actividades que afecten al bien jurídico protegido", explica la Fiscalía General en la circular.
NOTICIA DE AGENCIA
No hay comentarios:
Publicar un comentario